Hace poco, no sé si fue ayer, amenazaba con contar algo relacionado con la Junta de Andalucía y el SEPE, el antiguo INEM. Pues yo no amenazo nunca en balde y aquí estoy.
Hace unos días y por razones que no tienen importancia, tuve la oportunidad de entablar una conversación muy interesante e ilustrativa, con un abogado laboralista, especialista en asuntos relacionados con la Seguridad Social. Y me contó uno de los muchos casos similares que tiene cada día.
Se trata de un señor, de unos 60 años, que - por supuesto- está desempleado desde hace tiempo y que al haber agotado todas las prestaciones a su alcance, sólo percibe el subsidio de mayores de 55 años, que son unos 430€ o así.
El caso es que este señor lleva percibiendo el subsidio desde hace unos 4 o 5 años y aunque evidentemente, no le da como para viajar a Brasil cada año, con ello subsiste, come, paga la luz y respira poco, por si las moscas.
Un dato importante a tener en cuenta posteriormente, es que este señor, por razones históricas, dispone de varias viviendas, una de las cuales es su residencia habitual.
De repente un día, recibe una carta de la Seguridad Social, en la que le comunican que después de analizar su situación - al cabo de 4 años!- , han llegado a la conclusión de que no cumple con los requisitos para seguir percibiendo el subsidio y que no solamente deja de percibirlo con carácter inmediato, sino que además, le reclaman 20.000€, que es más o menos lo que ha recibido hasta ese momento. Que le hacen el favor de que lo puede pagar a plazos.
Como es lógico, al pobre hombre, después de leer la carta, se le cerró el píloro, como a Ignatius J. Reilly. Sumido en un estado de desesperación, dudas, frustración y depresión, pensó que no iba a perder nada si acudía a un abogado. No sabía cómo le iba a pagar. Tal vez tuviera que hacerle algún favor sexual, pero en todo caso, la Seguridad Social, ya le había puesto en la fila de los futuros sodomizados. O sea, que quedarían empatados.
El hombre, alicaído y sin muchas esperanzas, se presentó en el despacho de mi interlocutor, el abogado laboralista, provisto de toda clase de papeles. Y el abogado, comenzó a formularle una serie de preguntas y a cotejar alguno de los documentos.
- ¿Y cuál es el motivo por el que la SS le retira el subsidio? - le pregunta el abogado.
- Pues porque ahora dicen que como tengo unas propiedades, si multiplicas el valor catastral de las viviendas por 4, el resultado es superior al 75% de Salario Mínimo Interprofesional. Y eso me inhabilita para poder percibir los 430 euros.
- ¿Tiene usted ahí la declaración de la renta?
- Sí. Mire aquí está. Ahí - dijo señalando con el dedo - figura el valor que Hacienda otorga a los pisos.
El abogado tomó su calculadora y comenzó a realizar una serie de operaciones, mientras el hombre esperaba su veredicto.
- ¿Y le han dicho porqué la Seguridad Social utiliza ese factor corrector de multiplicar por 4 el valor catastral?
- Pues no señor.
- ¿No le han informado de qué ley es la que le están aplicando?
- No.
- Pues según esto, usted SÍ tiene derecho a seguir cobrando esta prestación.
- Pero entonces, ¿es que se han equivocado en la SS? - preguntó un tanto suspicaz el hombre.
- Bueno tanto como equivocarse, no. Lo que está pasando, y se lo digo porque yo lo veo todos los días, es que la Seguridad Social y otros organismos, están enviando cartas de este tipo a toda clase de ciudadanos, con el único fin de ver si se pueden ahorrar unos millones en subsidios.
- ¡No me diga! Pero, ¿en qué situación se quedan esas personas?
- Pues en algunos casos, en la más absoluta indigencia. Porque claro, tenga usted en cuenta que ahora se inicia un proceso que se puede prolongar durante un año, entre alegaciones, contra alegaciones, juicio y demás. Y durante todo ese tiempo, la gente no cobra nada. Luego, cuando llega el día del juicio, lo normal es que la SS diga que vale, que asume que han perdido y que la situación se retrotrae a la que había antes, pero ha pasado un año sin que el sujeto haya recibido nada. Y eso, hay mucha gente que no se lo puede permitir.
- O sea, que es una especie de "farol", como en el mus: yo te mando una carta y si te acojonas y tragas, mejor para la SS y si tienes huevos, pleitea y espera un año a tener razón.
- En pocas palabras, sí. Así es. Mire usted, yo hace unos años, tenía unos 20 o 30 casos de este tipo al año. Ahora mismo, tengo esos mismos pero al mes. La problemática se ha disparado un 300% o un 400%. Y todo ello, porque la Junta quiere ahorrar.
- Por ejemplo - continuó explayándose el abogado - el hecho de que a usted le apliquen ese factor corrector con respecto al valor catastral, es ilegal. Ese factor se aplica en aquellos casos en los que la adquisición del bien se ha realizado durante el período de percepción del subsidio, bien por herencia o por donación o similar. Entonces, sí se aplica ese factor. Pero en su caso, no ha lugar a semejante agravio. El único valor de sus propiedades, es el que determina Hacienda y según ese valor, usted sí tiene derecho a seguir percibiendo el subsidio.
- Ya, pero entonces, la Junta va contra los más desfavorecidos, los más débiles. Dejando a gente en la indigencia.
- Pues sí. Es indignante, pero es así.
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